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¿CURP biometrico es obligatorio? Esto es lo que se sabe

Conoce los detalles de la Clave Única de Registro de Población

La Secretaría de Gobernación (Segob) recuerda los aspectos más relevantes de la Clave Única de Registro de Población (CURP), derecho que permite acceder a otros derechos.

La CURP es un identificador único compuesto por 18 elementos alfanuméricos, que acredita la identidad de personas mexicanas y residentes extranjeros, lo cual es fundamental para garantizar derechos humanos dentro y fuera de nuestro país.

Si la CURP es incorrecta o se encuentra duplicada, se debe acudir al módulo de atención más cercano o comunicarse al 55 51 28 00 00, extensiones 15980 o 15693, o al 800 911 11 11.

Las personas repatriadas pueden obtener la CURP Temporal, con fotografía, válida por 365 días. Está diseñada para connacionales que no cuentan con este documento o acta de nacimiento en México.

Con relación a información que ha circulado en redes sociales, respecto a la obtención de la “CURP BIOMÉTRICO OBLIGATORIO”. La Segob aclara que no ha emitido ningún comunicado oficial a las entidades federativas para hacerla obligatoria o que se sujete a la obtención de algún otro trámite o servicio. No corresponde a una política respaldada por el Registro Nacional de Población e Identidad (Renapo).

¿Cómo consultar e imprimir la CURP en línea?

Se debe ingresar en línea a https://www.gob.mx/curp/, ingresar los 18 dígitos alfanuméricos o datos personales y descargar el documento.

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