Los conductores, pasajeros y peatones deben hacer uso de los baños públicos disponibles en las gasolineras de las carreteras federales
El Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal establece sanciones para aquellos que hagan necesidades fisiológicas en las vías federales, así como para quienes atenten contra el pudor de los usuarios.
Los conductores, pasajeros y peatones tienen prohibido hacer del baño fuera de los sanitarios que proporciona la infraestructura.
En caso de incumplimiento, se aplicará una multa de entre mil 37.2 a 2 mil 74.4 pesos, excepto para los peatones que recibirán una amonestación verbal.
Los usuarios de las carreteras federales tienen acceso a estaciones de servicios auxiliares donde se ofrecen baños públicos.