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México

Podrían fondos de ayuda federal para seguridad pública ser contemplados en el PEF

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La diputada Gloria Romero León (PAN) presentó una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a fin de que los subsidios otorgados para la seguridad pública contribuyan a fortalecer de manera eficiente sus instituciones.

La iniciativa, turnada a la Comisión de Seguridad Pública, reforma los artículos 142, 143 y adiciona el artículo 143 Bis a dicha ley, precisa que los fondos de ayuda federal para la seguridad pública deberán ser contemplados de manera obligatoria en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF).

Puntualiza que para efectos de control, vigilancia, transparencia y supervisión del manejo de dichos recursos, compete al Secretario Ejecutivo verificar que la entidad federativa o municipio está haciendo uso eficiente e íntegro del fondo en los fines convenidos, para que de lo contrario se establezcan los lineamientos necesarios a fin reorientar los recursos a otro municipio o entidad.

El artículo 143 Bis establece que el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública se encargará, en coadyuvancia y corresponsabilidad con cada una de las entidades federativas y de los municipios que obtengan recursos federales destinados a la seguridad pública, de desarrollar un sistema que le permita al Secretariado dar seguimiento a los programas de capacitación y profesionalización emitidos con fondos de ayuda federal, reportadas por el municipio.

Esto, mediante un formato de verificación y reporte del cumplimiento de las metas establecidas en los convenios celebrados entre ambas partes en cuanto a la aplicación de las evaluaciones de control de confianza y competencias básicas.

Lo anterior, verificando que contribuyan al fortalecimiento del estado de fuerza de las instituciones de seguridad pública en materia de desarrollo y profesionalización policial.

Además, establecer un indicador que sirva como mecanismo para medir el porcentaje del estado de fuerza de las instituciones de seguridad pública que cuentan con el Certificado Único Policial.

Asimismo, implementar un sistema que les permita garantizar que la información de los diagnósticos esté completa, actualizada y sea congruente con las necesidades del municipio, así como verificar la programación de las metas convenidas con el mismo en relación con la aplicación de evaluaciones del desempeño y competencias básicas.

Coordinar el proceso de planeación y programación para determinar las metas anuales en la aplicación de las evaluaciones de competencias básicas y de desempeño, la cual deberá considerar como mínimo la evaluación del 20 por ciento de los policías en activo mediante la disposición de un sistema de planeación de las actividades de capacitación y de las evaluaciones, tomando en consideración las necesidades de cada municipio.

A su vez, garantizar el adecuado funcionamiento de los procesos relacionados con los elementos evaluados y acreditados en competencias básicas y en desempeño, además de contar con información confiable sobre los resultados obtenidos mediante la implementación del programa, siendo el municipio el obligado de comunicar dichos resultados al Secretariado.

Por último, diseñar procedimientos y mecanismos que garanticen un sistema de información confiable, veraz y oportuna para la toma de decisiones en la entrega de los fondos.

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