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La “Ley Federico”

Ricardo Sánchez García @DDHHSamuelRuiz

Federico Garza Herrera es el abogado, cuya actividad de Notario Público ha puesto en pausa, por lo menos legalmente, para hacer funciones de procurador primero y ahora de fiscal general del Estado, aunque para muchos trabajadores de la institución no ha dejado de ser el notario o  quizá el maestro pienso en voz alta “…y a mucha honra”.

La fe como concepto ha sido incluido desde hace mucho tiempo con sentido jurídico en códigos, manuales y contratos, pero también en cartas, convenios, tratados y manifiestos. Además cuenta con una connotación eminentemente religiosa o puede surgir desde un suspiro como una expresión humana de que algo bueno está por venir, lo que mantiene de pie muchas continuas causas en búsqueda de justicia.

La fe como virtud teologal es la creencia en un Dios y sus revelaciones. Algunos diccionarios la definen como aquella confianza o seguridad que se tiene en una persona, una deidad, una cosa o en la futura sucesión de un hecho.

Pero la fe que ostentaba el Notario antes de pedir licencia para poder desarrollar las funciones para las que fue llamado por el Gobernador Juan Manuel Carreras, es la pública, referida a las facultades de autenticar y dar forma a los instrumentos en que se consignen actos y hechos jurídicos a solicitud de los interesados.

Así, entre una y otra podríamos distinguir otras dos formas del sentido de la fe. El primero se desprende del propio discurso del Fiscal en relación a los hechos delictivos, pues presume que estos podrían ser esclarecidos en un futuro próximo inmediato; el segundo es la solicitud del propio funcionario cuando les pide a víctimas y sus familiares “tengamos fe”.

En la primera evocación, en nada es diferente el notario respecto de videntes, a quienes se respeta su oficio más sus formas carecen de toda metodología científica y sus formas de predecir la resolución de algún hecho delictivo han sido fuertemente cuestionados por familiares de víctimas organizadas.

Pese a lo afirmado, es sabido de personas que se enriquecen aprovechando la desesperación de quienes les creyeron que podrían proporcionar información fidedigna para acercarles a la localización de un familiar desaparecido, por poner un ejemplo.

Aunque la ley de los notarios públicos señala claramente respecto de la fe pública, que esta tendrá los alcances exclusivos al ejercicio de sus funciones como tal, la fe de Federico Garza se ha desbordado como si tuviera virtudes plenipotenciarias, a menudo supra valoradas a las acciones emprendidas desde su espacio como fiscal.

Si bien, en la Ley Orgánica de la Fiscalía se establece como una de sus atribuciones que esta actuará con base en la buena fe, dicha encomienda no se refiere a la facultad notarial como tampoco al azar o la esperanza religiosa. La Fiscalía debe actuar con ética incuestionable, mantener la autonomía e independencia frente a las demás instituciones, profesionalizarse constantemente y sobretodo, tiene la obligación de dar esclarecimiento y persecución ante los tribunales a los delitos cometidos en nuestro estado y que sean su competencia.

Por otro lado y de ahí la pérdida de la fe de la sociedad hacia las autoridades, el problema de la Fiscalía General del Estado, así como el resto de las fiscalías especializadas es que aún no responden a los reclamos desde la ciudadanía.

En ese paso de Procuraduría a Fiscalía, no se cumplieron los  estándares mínimos esperados, por ejemplo que los nombramientos de fiscales deben hacerse con participación ciudadana, desde la autonomía de una sede legislativa, con apego a lineamientos internacionales, cumpliendo un perfil idóneo de las y los posibles candidatos pero sobretodo, una previa y continua profesionalización y compromiso con las víctimas.

La agenda de la ciudadanía queda clara. Debemos exigir y construir un programa integral que incluya sanciones para funcionarios responsables por omisión de sus facultades o comisión de delitos. Tenemos el pendiente de elaborar instrumentos para evaluar, medir y proponer sanciones al personal de las fiscalías por sus malas prácticas, así como monitorear y medir la confianza, eficacia y sensibilidad hacia las personas usuarias de este medio de acercamiento a la justicia.

Pero sobretodo y sin duda, urge acelerar una revisión profunda de lo que se ha entendido por autonomía, pues hasta hoy existe una notoria subordinación de Federico Garza Herrera hacia el ejecutivo, entendido esto pues ha sido Notario Público No. 26 desde 1993, actuando como el consentido de varios gobiernos, todos estos priístas.

Cuestionamos enormemente la fe de Federico, manifestada ante víctimas y medios de comunicación. Respetamos religiones y posturas personales ante la vida, pero no, la buena fe a que se refiere la Ley Orgánica no son esperanzas sin fundamento, mucho menos promesas sin cientificidad.

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