Se garantizará el ejercicio de los derechos educativos, culturales y lingüísticos a todas y todos los integrantes de pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas
Se turnó a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, una iniciativa que busca reformar el capítulo VI de “Educación Indígena” de la Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí; con el objeto de dar cumplimiento a la acción de inconstitucionalidad 179/2020, así como fortalecer el capítulo del sistema de educación para pueblos y comunidades indígenas.
Los propósitos de iniciativa es poner a consideración bajo proceso de consulta a los pueblos y comunidades indígenas, el articulado que se encuentra invalidado y a su vez de reforzarlo, así como mencionar al área especializada en impartir la educación indígena.
La iniciativa establece que, en el Estado de San Luis Potosí se garantizará el ejercicio de los derechos educativos, culturales y lingüísticos a todas y todos los integrantes de pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas, conforme a lo establecido en los tratados internacionales sobre la materia, la Constitución Política y la Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí.
Se considera que, la educación que se imparta en poblaciones en donde se encuentren asentadas comunidades indígenas de las diferentes etnias de la entidad, así como granjas agrícolas deberá ser plurilingüe e intercultural y atender las necesidades educativas de las personas, pueblos y comunidades indígenas con pertinencia cultural y lingüística.
En la actualidad, la Secretaria de Educación de Gobierno del Estado reconoce a la Dirección de Educación Indígena Bilingüe e Intercultural, dentro reglamento interno y manual de organización, con base a ello se propone que en este capítulo exista y se mencione dicha área; y con esto garantizar la continuidad y sostenibilidad de los procesos de educación dirigida a pueblos y comunidades indígenas.
La propuesta fue turnada a las comisiones de Educación, Cultura,Ciencia y Tecnología; y Asuntos Indígenas para su análisis y posteriormente ser enviada al Pleno del Poder Legislativo para su discusión y en su caso su votación.