El objetico es que autoridades educativas tengan la obligación de implementar programas para fomentar la seguridad de los alumnos en el trayecto a la escuela y de regreso a casa
El Congreso del Estado aprobó reformar el artículo 29 en su fracción IV el numeral 13; y adiciona al mismo artículo 29 en su fracción IV el numeral 14 de la Ley de Prevención y Seguridad Escolar del Estado y Municipios de San Luis Potosí, para establecer como parte de las obligaciones del director de los planteles escolares, el emitir a los alumnos y alumnas recomendaciones de seguridad y de prevención en el traslado a la escuela y regreso a casa.
Esto, con el objetivo de que las autoridades educativas tengan la obligación de implementar programas para fomentar la seguridad de los alumnos en el trayecto a la escuela y de regreso a casa, y que eviten el ser víctimas de delitos.
La iniciativa propuesta por el diputado Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, establece en su exposición de motivos que las niñas, niños y adolescentes son víctimas de diversos delitos.
Lo anterior se debe a múltiples causas, aunque entre los factores principales está la violencia producida por las organizaciones criminales, así como la propia violencia que se genera en los hogares.
El diputado Cuauhtli Badillo, señaló que “las escuelas son las segundas casas de nuestros niños, niñas y adolescentes ya que en ellas pasan una buena parte del tiempo, por lo cual también debe ser una responsabilidad de las instituciones educativas el fomentar programas de seguridad en casa y en el trayecto a la escuela, en cuanto a instruir a los niños sobre riesgo que conlleva el hablar con extraños, irse con personas que no conocen, entre otros”.
Por ello, es importante promover y fomentar en nuestras niñas, niños y adolescentes la cultura de estar informados sobre la seguridad, en el trayecto a la escuela y viceversa de la escuela a la casa; que las instituciones educativas estén comprometidas con el fin de velar y vigilar la integridad de nuestras niñas, niños y adolescentes.
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