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Piden verificación a los Centros de Tratamiento y Rehabilitación

Coordinación Estatal de Protección Civil y a las 58 coordinaciones de protección civil municipal deberán realizar una jornada de verificación

El diputado Cuauhtli Fernando Badillo Moreno impulsa un Punto de Acuerdo para exhortar a la Coordinación Estatal de Protección Civil y a las 58 coordinaciones de protección civil municipal para que realicen una jornada de verificación general de las condiciones de seguridad en los Centros de Tratamiento y Rehabilitación de adicciones que existan en la entidad.

Estas instituciones también deben implementar una campaña o programa que de mayor información a las administraciones de los centros respecto como generar estrategias o protocolos para garantizar la seguridad e integridad de las y los usuarios de sus servicios.

El Punto de Acuerdo fue turnado para su análisis a las comisiones de Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social y a la de Salud y Asistencia Social, y establece que, los Centros de Tratamiento y Rehabilitación, también conocidos como “anexos”, muchas veces operan sin el debido apego a las normas establecidas en la Ley de Prevención, Tratamiento y Control de las Adicciones para el Estado de San Luis Potosí y en la NOM 028-SSA2-2009; esto sin considerar con un gran número son propiamente clandestinos.

Indicó que, ya se han suscitado accidentes y diversos problemas en años recientes en estos centros, el pasado martes 13 de septiembre se dio una tragedia donde cuatro jóvenes perdieron la vida y once resultaron heridos en el centro de rehabilitación llamado “Arca de la nueva vida”, ubicado en la colonia Prados de San Vicente 3era. Sección en la capital de esta entidad. En respuesta al siniestro se desplegó un operativo de cuerpos de emergencia para sofocar el fuego y rescatar a las personas que se encontraban al interior del anexo.

A raíz de este suceso la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí abrió una carpeta de investigación para determinar, a través de la necropsia de ley, la causa de muerte de las víctimas de este incidente.

Puntualiza que, la Ley del Sistema de Protección Civil del Estado, en su artículo 62, establece que las coordinaciones estatal y municipales son las competentes para verificar las condiciones de seguridad en los centros de rehabilitación. En el artículo 23, fracción XVI, del mismo ordenamiento, se contempla la facultad de la Coordinación Estatal para fomentar la creación de una cultura de protección civil a través de la realización de eventos y campañas de difusión que permitan a la población conocer la protección civil y su necesidad.

En función de lo sucedido y la preocupación por parte de diversos sectores de la sociedad civil resulta pertinente hacer una nueva verificación de las condiciones de seguridad de los distintos centros de rehabilitación, con la finalidad de prevenir posibles situaciones de riesgo existentes por deficiencias en la infraestructura necesaria para garantizar la seguridad.

Por otro lado, es importante establecer una política pública informativa de protección civil que facilité y propicie que las administraciones de los “anexos” desarrollen estrategias y protocolos de seguridad en función de las particularidades de sus instalaciones; y que ante cualquier accidente, siniestro o urgencia, puedan actuar de la manera más eficiente posible.

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