Las empresas o candidatos que deseen difundir públicamente resultados de encuestados electorales deben registrarse ante el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) pues de no hacerlo, podrían ser acreedoras a una sanción administrativa o una multa, explicó la consejera Zelandia Borquez Estrada, miembro del Pleno del órgano electoral.
Precisó que las sanciones pueden ir desde una amonestación, hasta la pérdida del registro como aspirantes a un cargo de elección popular.
Explicó que el objetivo del registro es conocer la metodología de estos ejercicios y que “podamos tener certeza de cómo trabajan y de que los resultados que tengan sean confiables y que la ciudadanía no se confunda”, agregó.
Asimismo, Borquez Estrada expuso que, además de su registro ante el órgano electoral, las casas encuestadoras deben presentar la metodología empleada e informar quién costeó el estudio.