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Política

Prohíben condonaciones y exenciones de impuestos en los términos y condiciones establecidos en la Constitución

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Aprueban en la Comisión de Hacienda del Estado el dictamen por el que se adiciona párrafo último al artículo 4º del Código Fiscal de SLP

En reunión de la Comisión de Hacienda del Estado, se aprobó el dictamen por el que se adiciona párrafo último al artículo 4º del Código Fiscal del Estado de San Luis Potosí, con el fin de establecer la prohibición de las condonaciones de impuestos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Cuauhtli Badillo Moreno, promotor de esta iniciativa, indicó que con la reforma, se busca estar en concordancia con lo establecido en la propia Constitución Federal, y evitar cualquier tipo de beneficio indebido, cumpliendo con la exigencia de equidad tributaria, ya que los principales beneficiarios de las condonaciones fiscales han sido un pequeño sector de la sociedad, que en su mayoría se integra por las grandes empresas.

Agregó que se trata de establecer un diseño Constitucional e institucional que permita garantizar que futuras administraciones sean ajenas de otorgar condonaciones que derivan en la violación de los principios de equidad y proporcionalidad tributarias, por tanto, significan un perjuicio para el desarrollo nacional.

Señala que el decreto que reforma el artículo 28, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, entró en vigor el 7 de marzo del 2020.

La redacción del párrafo quedó de la siguiente manera: “Artículo 28. En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos; las condonaciones de impuestos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las prohibiciones a título de protección a la industria”.

El diputado Cuauthli Badillo manifestó que para el Congreso del Estado es de capital importancia llevar a cabo las armonizaciones necesarias a fin de que no existan una aplicación errónea y mal interpretada de las normas.

El dictamen se turnará al Pleno para su votación.

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