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SEGAM deberá elaborar planes de manejo de Áreas Naturales Protegidas

Este instrumento constituye la base de la administración de las Área Naturales ya decretadas

A propuesta del diputado Eloy Franklin Sarabia, el pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad el Punto de Acuerdo por el que la LXIII Legislatura del Congreso del Estado exhorta a la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental, a efecto de que elabore y publique los planes de manejo de las áreas naturales protegidas paseo a la presa de San José, en la ciudad capital del Estado; sótano de las golondrinas y hoya de las huahuas en Aquismón; Cuevas del Viento y la Fertilidad de Huehuetlán; Sierra del Este y Sierra de en Medio de El Naranjo; y La Loma en Rioverde, todos municipios del Estado de San Luis Potosí.

Así mismo, se pide a la dependencia aludida para que elabore el presupuesto que deberá estar contenido en los programas operativos anuales correspondientes a cada área natural protegida y lo turne mediante el proceso previsto en la Ley Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado y Municipios de San Luis Potosí al Poder Legislativo para su tratamiento, análisis y en su caso aprobación en la Ley de Presupuesto de Egresos del Estado de San Luis Potosí, ejercicio fiscal 2023.

Explica que en materia de financiamiento la inexistencia de Programas Operativos Anuales dentro de los mismos Planes, se convierten en un problema de inmovilidad y falta de recursos necesarios para activar el aprovechamiento ambiental de las áreas.

La falta de los Planes de Manejo de las ANP: Paseo a la Presa, en la Ciudad de San Luis Potosí; Sótano de las Golondrinas; y Hoya de las Huahuas, ambos en Aquismón; Cuevas del Viento y la Fertilidad en Huehuetlán, Sierra del Este y Sierra de en Medio en El Naranjo; y La Loma en Rioverde, implican una falta en agravio de las comunidades, ejidos y propiedades, pues esto los hace incapaces de recibir apoyos de los diferentes niveles de Gobierno, por tratarse de Áreas Naturales con derechos a programas y subsidios.

De igual forma el fomento a actividades turísticas sustentables y a la delimitación de sub zonas que permitan un mejor aprovechamiento de las áreas de amortiguamiento y las capacidades de las zonas núcleo.

Precisa que si bien en algunos casos estas Áreas Naturales fueron emitidas antes de que se publicara el hoy vigente reglamento de la Ley Ambiental en materia de Áreas Naturales Protegidas, lo cierto es que esto no es prohibitivo y limitativo en desarrollar los estudios necesarios y la elaboración de los Planes de Manejo que los reglamentos determinan.

Por ello, señala que las propuestas de plan de manejo deben ser elaboradas, y en este sentido se debe proyectar el financiamiento para su operación, mediante el cual se establecen las metas y objetivos a alcanzar, para organizar las actividades a realizar en el Área Natural Protegida durante el periodo respecto al presupuesto a ejercer en su operación.

Este instrumento constituye la base de la administración de las Área Naturales ya decretadas, por lo cual es fundamental publicar los Planes de Manejo enunciados y de inmediato turnar a este Legislativo para su conocimiento y su elaboración de presupuesto.

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