Conéctate con nosotros
Publicidad

San Luis Potosí

Aprueban informe general, así como informes individuales de entes presentados por la ASE

Publicado

el

#CongresoSLP | Se eligió a integrantes de la Comisión de Selección a la que corresponderá nombrar a integrantes del Comité de Participación Ciudadana

San Luis Potosí, SLP.- Los integrantes de la LXII Legislatura aprobaron con 12 votos a favor, 1 abstención y 8 votos en contra, el informe general; así como informes individuales presentados por la Auditoría Superior del Estado de 114 entes auditables, como resultado de la fiscalización de las cuentas públicas ejercicio fiscal 2019, al establecer que fueron presentados con fundamento en lo establecido por el artículo 34, y de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 35 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de San Luis Potosí. Se determina que los informes fueron realizados con apego a dichas disposiciones legales.

Indica que la Auditoría Superior del Estado, tomo como universo de fiscalización, la cantidad de $17,495’932,290 (diez y siete mil cuatrocientos noventa y cinco millones, novecientos treinta y dos mil doscientos noventa pesos 00/100 MN), entre los que se encuentran los 3 Poderes del Estado, 1 Empresas de Participación Mayoritaria, 58 Ayuntamientos; 23 Organismos Descentralizados, Agua potable, de Vivienda y Planeación; 7 Organismos Autónomos; 22 Sistemas Municipales DIF; y el DAPA Dirección de Agua Potable, Alcantarillado y saneamiento de Ciudad Valles, S.L.P.

Del universo de recursos fiscalizables determinados en el proceso de planeación, se determinó una muestra que fue objeto de revisión por un importe de $13,523’970,495 (trece mil quinientos veintitrés millones, novecientos setenta mil cuatrocientos noventa y cinco pesos 00/100 mn). Los importes antes mencionados permiten establecer, que la revisión globalizada de recursos fiscalizados represento el 77.3%, del total de los recursos que eran posibles de fiscalizar. Se considera que este porcentaje de revisión es altamente representativo toda vez que implica que 7.73 de cada 10 pesos fueron auditados.

El informe establece, que como resultado de las auditorías tanto financieras como de cumplimiento, fueron notificadas 4,328 acciones; $3’057,529 de resarcimientos; 387 pliegos de observaciones; $488’116,635 en pliegos de observaciones, lo que corresponde a un 3.61% observado de acuerdo a la muestra auditada; 144 solicitudes de aclaración, teniendo un importe de $440’487,660 en solicitudes de aclaración; con 161 promociones del ejercicio de facultades de comprobación fiscal; además de 2,713 procedimientos de responsabilidades administrativas y 923 recomendaciones a los entes auditables. Por otra parte, en el informe general se establece que como resultado de las 4,328 acciones notificadas, Resarcimientos de recursos por un monto de $3’057,529 (tres millones cincuenta y siete mil quinientos veintinueve pesos), 24.60% de más con relación al 2018.

De conformidad con el Convenio de Coordinación y Colaboración para la fiscalización superior del gasto federalizado en el marco del SNF, que celebraron la Auditoría Superior de la Federación y la Auditoría Superior del Estado de San Luis Potosí, se llevaron a cabo auditorías correspondientes al gasto federalizado, así como a la distribución y aplicación de las participaciones federales de la Cuenta Pública 2019.

En dichos informes, la Auditoría Superior del Estado indica que derivado de la contingencia sanitaria por COVID-19, y la suspensión de actividades presenciales, se incorporaron estrategias a distancia encaminadas al cumplimiento de las actividades de fiscalización, y que a pesar de las condiciones se llevaron a cabo 132 visitas físicas para la verificación de 432 obras. Derivados de la contingencia sanitaria, el 6 de julio de 2020, esta Entidad de Fiscalización realizó una modificación al Programa Anual de Auditorías 2020, con el propósito de disminuir el número de auditorías, comprometiendo un total de 244 con relación a las 273 aprobadas al inicio del año. Situación que se informó oportunamente al Congreso del Estado a través de la Comisión de Vigilancia

En el proceso de fiscalización de las cuentas públicas del ejercicio fiscal 2019 de las 114 entidades fiscalizadas, que contienen 244 auditorías, más una auditoría en el cual se anexa el informe individual de la auditoría practicada a la dirección de agua potable, alcantarillado y saneamiento de Ciudad Valles S.L.P. correspondiente al ejercicio 2018, conforme a las recomendaciones emitidas en el Dictamen de la Comisión de Vigilancia al Informe General de Auditoría como resultado de la fiscalización de las cuentas públicas del ejercicio fiscal 2018.

Se indica que los resultados finales, las acciones y las recomendaciones que derivaron de cada una de estas auditorías, fueron incorporados a los Informes Individuales que, de la misma manera que este Informe General, fueron entregados al Congreso del Estado de San Luis Potosí, a través de la Comisión de Vigilancia.

Posteriormente, en un plazo no mayor a diez días hábiles a partir de haber sido entregados al Congreso, serán notificadas a las entidades fiscalizadas. Las acciones que contengan los Informes Individuales se encuentran sujetas a un proceso de seguimiento.

Una vez notificados inicia el plazo de 30 días hábiles para que las entidades fiscalizadas presenten la información y las consideraciones con el propósito de aclarar y/o justificar las acciones señaladas. En la etapa de seguimiento se determinará si las observaciones y recomendaciones que les fueron formuladas se rectifican, ratifican o se eliminan.

En términos del artículo 40, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado, la Comisión de Vigilancia  formula a la Auditoría Superior del Estado, las recomendaciones siguientes:

  1. En cuanto a los Informes Individuales de Auditoría de los entes fiscalizables, si bien esta Comisión de Vigilancia reconoce que no existen en lo general, “criterios de selección” susceptibles de ser aplicados en el ámbito local como sucede en el Federal, por corresponderle a la Auditoría Superior del Estado la fiscalización de la totalidad de los entes auditables, cierto es que al no auditarse la totalidad de los ejecutores del gasto que integran al Poder Ejecutivo y demás entes fiscalizables. Nos muestran en los Informes los siguientes “criterios de selección”

Los Principales criterios para la selección de la auditoría fueron los siguientes:

1) Naturaleza jurídica del ente fiscalizable. 2) Presupuesto del ente fiscalizable. 3) Consistencia en el Diseño y los resultados de los planes y programas de la entidad fiscalizada. 4) Estudio previo de las áreas de oportunidad de la Entidad Fiscalizada. 5) Existencia de mecanismos de Control Interno. 6) Grado de madurez del Control Interno de la Entidad fiscalizada. 7) Los resultados de las auditorías realizadas en ejercicios anteriores. 8) Estado que guardan las observaciones y recomendaciones generadas a la entidad fiscalizada en ejercicios anteriores. 9) Análisis de riesgos.

Con base a los 9 criterios utilizados, creemos innecesario los puntos 1 y 2 de los criterios ya que todos los entes tienen naturaleza jurídica y cualquiera que sea el presupuesto del ente es obligatorio auditarlo en lo general. Sobre los puntos 4 y 7 requerimos se amplíe en que se basan dichos estudios previos de las áreas de oportunidad, así como los resultados de las auditorías realizadas en ejercicios anteriores.

Los puntos 5 y 6, se solicita con base en que se determina dicho criterio, ya que es obligatorio en cualquier auditoria el Estudio de los mecanismos de Control Interno, así como su grado de madurez para confiar o no en el mismo y determina el buen o no andar del ente auditado.

  1. Es conveniente, que en el Informe Individual que se realiza al Ejecutivo, se muestren los resultados por cada Secretaría, Organismos descentralizados, paraestatales y empresas de participación mayoritaria, ello por cuestión de transparencia y claridad a las diversas auditorías aplicadas, ya que ello puede ampliar información adicional que muestre una opinión en particular en cada una de ellas. En este ejercicio auditado 2019 se cumplió con la recomendación solo en ciertas dependencias.
  2. Esta Comisión de Vigilancia estima necesario que la Auditoría Superior del Estado, fortalezca aún más su programa de capacitación destinado a entidades fiscalizadas, además de capacitación en entregas recepción, especialmente a los municipios y sus organismos, como mecanismo para prevenir actos de corrupción, omisiones involuntarias y errores, en el ejercicio de sus atribuciones, sobre todo en épocas de cambio de administración.
  3. Consideramos necesario que por cada auditoría realizada, existan en los informes individuales, tanto la fecha de inicio, así como la de conclusión con la finalidad de tener certeza en sus periodos de fiscalización.
  4. El Instituto Municipal de Vivienda de Valles (INMUVI), EL cual presentó su cuenta pública al Congreso del Estado el 12 de Marzo del 2020, turnado a la Comisión de Vigilancia con misma fecha y remitido a la Auditoría Superior del Estado el 13 de Marzo del 2019. Requerimos nos indique con base en que criterio determinó para no auditar al mismo, ya que no existe informe individual que muestre dicha acción.
  5. Como resultado a la revisión a los Informes Individuales, encontramos que existen varios con “OPINIÓN LIMPIA”, siendo que existen PRAS. (Procedimientos de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria). Requerimos nos indiquen que criterios fueron utilizados para la obtención de una seguridad limitada o razonable, que nos indique si los mismos no son significativos ni generalizados, para la cual dichos Procedimientos de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria merezcan una OPINIÓN LIMPIA.
  6. En el mismo tenor de la observación No. 6 existen varios informes que muestran una opinión limpia siendo que existen indicios de probable daño o perjuicio a la hacienda pública. Requerimos nos indiquen que criterios fueron utilizados para la obtención de una seguridad limitada o razonable, que nos indique si los mismos no son significativos ni generalizados, para la cual los probables daños o perjuicios a la hacienda pública merezcan dicha opinión limpia.
  7. Delimitar el tipo de cada auditoria correctamente, así como su objetivo en concreto a la misma ya que existen varios informes en los que realizaron auditorias determinadas y su objetivo fue de otro enfoque, caso concreto auditorias de cumplimiento los cuales tenían el objetivo como si fuera financiero, si bien no limita una auditoria de cumplimiento el revisar financieramente al ente, su objetivo debe ser el correcto y adecuado.
  8. El alcance debe ser establecido con base a la planeación de trabajo a efectuar, la ASE está manejando un alcance integral, Se requiere nos indiquen el porqué de ello.
  9. En cuanto a los dictámenes que presentan en los informes individuales, es necesario que la ASE deje más clara la redacción en cuanto al total del universo asignado, la muestra auditada y el alcance que se llevó a cabo en cada revisión, ya que se confunden los conceptos de los mismos y puede ser causa de mala interpretación por parte de terceros.
  10. En cuanto a las 58 auditorías que se retomaron de los ayuntamientos, de tipo de cumplimiento y de desempeño. Requerimos indiquen de acuerdo al objetivo de las auditorias de cumplimiento y desempeño, ya que las mismas fueron llevadas a cabo y realizadas únicamente en forma y no con base en el fondo normativo como lo marca el tipo de auditoria.
  11. De acuerdo al personal de la ASE, los fondos que manejan recursos importantes en los ayuntamientos, como el Fondo de Infraestructura Social y Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del distrito Federal, deben ser auditadas al 100%. Requerimos nos informen por qué se dejaron fuera 89 auditorías de dichos fondos.

Posteriormente, fueron aprobados por 12 votos a favor, 1 abstención y 8 votos en contra, los informes individuales de auditoría de la cuenta pública ejercicio fiscal 2019, de los sistemas municipales DIF de: Ahualulco, Aquismón, Charcas, Ciudad Fernández, Ciudad Valles, Matehuala, Mexquitic de Carmona, Rayón, Rioverde, Salinas, San Vicente Tancuayalab, Santa Catarina, Soledad de Graciano Sánchez, Tamuín, Tanlajás, Venado, Villa de Arista, Villa de Arriaga, Villa de Guadalupe, Villa de la Paz, Villa de Reyes, y Villa Hidalgo.

Con 12 votos a favor, 1 abstención y 8 votos en contra, se aprobaron los informes individuales de auditoría de la cuenta pública ejercicio fiscal 2019, de los sistemas operadores de agua potable de: Axtla de Terrazas, Cárdenas, Cedral, Cerritos, Charcas, Ciudad del Maíz, Ciudad Fernández, Ciudad Valles, Ébano, El Naranjo, El Refugio Ciudad Fernández, Matehuala, Rayón, Rioverde, San Ciro de Acosta, Tamazunchale, Tamuín Tanquián de Escobedo, Villa de Arista, Villa de la Paz, Villa de Reyes, INTERAPAS,  y informe individual de auditoría de la cuenta pública ejercicio fiscal 2018, del sistema operador de agua potable de Ciudad Valles.

Por mayoría de 12 votos a favor, 1 abstención y 7 votos en contra, se aprobaron el informe individual de auditoría de la cuenta pública ejercicio fiscal 2019, del Instituto Municipal de Planeación de San Luis Potosí; y el informe individual de auditoría de la cuenta pública ejercicio fiscal 2019, del Instituto Municipal de Vivienda de Soledad de Graciano Sánchez.

Por mayoría de 13 votos a favor, 1 abstención y 6 votos en contra, se aprobaron los informes individuales de auditoría de la cuenta pública ejercicio fiscal 2019, de los ayuntamientos de: Ahualulco, Alaquines, Aquismón, Armadillo de los Infante, Axtla de Terrazas, Cárdenas, Catorce, Cedral, Cerritos, Cerro de San Pedro, Charcas, Ciudad del Maíz, Ciudad Fernández, Ébano, El Naranjo, Guadalcazar, Huehuetlán, Lagunillas, Matehuala, Matlapa, Mexquitic de Carmona, Moctezuma, Rayón, Rioverde, Salinas, San Antonio, San Ciro de Acosta, San Luis Potosí, San Martín Chalchicuautla, San Nicolás Tolentino, San Vicente Tancuayalab, Santa Catarina, Santa María del Río, Santo Domingo, Tamasopo, Tamazunchale Tampacán, Tampamolón Corona, Tancanhuitz, Tanlajás, Tanquián de Escobedo, Tierra Nueva, Vanegas, Venado, Villa de Arista, Villa de Arriaga, Villa de Gudadalupe, Villa de la Paz, Villa de Ramos, Villa de Reyes, Villa Hidalgo, Villa Juárez, Xilitla, y Zaragoza.

De manera particular, se aprobaron los informes individuales de auditoría de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2019 de: Ciudad Valles, con 12 votos a favor, 1 abstención, y 8 votos en contra; Coxcatlán con 12 votos a favor, 2 abstenciones, y 8 votos en contra; Soledad con 12 votos a favor, 3 abstenciones y 7 votos en contra; y Tamuín con 15 votos a favor, 1 abstención y 6 votos en contra.

Por mayoría de 13 votos a favor, 2 abstenciones y 6 votos en contra, se aprobaron los  informes individuales de auditoría de la cuenta pública ejercicio fiscal 2019, de: la Comisión Estatal de Derechos Humanos, el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, el Tribunal Electoral del Estado, y la Fiscalía General del Estado.

Por mayoría de 14 votos a favor, 1 abstención y 6 votos en contra, se aprobaron los informes individuales de auditoría de la cuenta pública ejercicio fiscal 2019: del Poder Ejecutivo del Estado, del Poder Legislativo Local, y del Poder Judicial Estatal.

Finalmente, por mayoría de 12 votos a favor, 2 abstenciones  y 7 votos en contra, se aprobó el informe individual de auditoría de la cuenta pública ejercicio fiscal 2019, de los Servicios de Salud del Estado.

Otros dictámenes

Por mayoría de 20 votos a favor y 3 en contra, se aprobó la elección de los Maestros Nancy Esmeralda Hernández Cervantes y Roberto Francisco Ortega Badillo para conformar comisión de selección a la que corresponderá nombrar a integrantes del Comité de Participación Ciudadana para el periodo comprendido a partir del día de su designación, hasta el dieciocho de julio de dos mil veintitrés.

Dicho procedimiento se llevó a cabo con base convocatoria emitida por el Poder Legislativo  a los representantes de diversos sectores y organizaciones para que propusieran a dos candidatos que integren la Comisión de Selección a la que corresponderá nombrar a los integrantes del Comité de Participación Ciudadana, donde se recibió la documentación de dos aspirantes, que cumplieron con las disposiciones legales aplicables y participaron en una entrevista con los legisladores que integran la Comisión de Gobernación. Posterior a su elección, ambos profesionistas rindieron protesta de ley.

Para establecer las disposiciones necesarias para que se siembre cuando menos un árbol en cada nueva construcción, seleccionando especies que no causen un daño o desperfecto a la infraestructura de la vía pública, así mismo se privilegiará las especies de árboles nativas de la región y la eficiencia para la absorción de CO2, lo que traerá consigo entre otras muchos beneficios el de embellecer el entorno, aumentar la sombra, modificar el clima urbano, y sobre todo mejorar la calidad de aire, se aprobó por mayoría de 21 votos a favor y 1 en contra, la adición al artículo 315 en su fracción IV el inciso g), de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí,

Se aprobó por mayoría de 22 votos a favor y 1 en contra, la reforma al artículo 261 en su fracción VI; y adición al artículo 256 el párrafo último, de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí, para salvaguardar los derechos de refrendo del Director Responsable de Obra  para que presente ante la dirección correspondiente el aviso de terminación de obra, y sea el propietario de la obra el obligado a tramitar el acta de terminación, realizando el pago correspondiente para su liberación, dejando a salvo con lo anterior el derecho del Director responsable de obra para su habilitación por refrendo, ya que el estará cumpliendo con el aviso correspondiente.

Se aprobó por mayoría de 21 votos a favor y 1 en contra,  la adición al artículo 3º la fracción LIX BIS; y derogar del artículo 8º la fracción III BIS, de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí, con el fin de establecer la Unidad de Medida y Actualización vigente como medida para el establecimiento de sanciones.

De igual manera, con el fin de evitar incertidumbre jurídica al cumplimento de esta Ley por parte de los Ayuntamientos, resulta clara la existencia de una antinomia jurídica, en la Ley que nos ocupa, pues la fracción III y la fracción XXXII del artículo 8 es repetitiva, toda vez que las dos hablan sobre expedición de reglamentos para la mejor observancia de la presente ley.

Es así que se considera permanezca la fracción XXXII, por contener más completo su contenido que a la letra dice “Expedir y adecuar los bandos de policía y gobierno, así como los reglamentos, circulares y demás actos administrativos que fuere convenientes o necesarios para la mejor observancia de la Ley”.

Por mayoría de 22 votos a favor y 1 en contra, se aprobó la reforma el artículo 12 en su fracción XII; y adición al mismo artículo 12 una fracción, ésta como XIII, por lo que actual XIII pasa a ser fracción XIV, de la Ley de Desarrollo Social para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, para establecer como obligación de la Secretaría de Desarrollo Social el hacer de conocimiento de las autoridades correspondientes, cuando se detecte el uso de programas sociales o de los padrones de personas beneficiarias correspondientes con fines electorales.

Acuerdos

Por unanimidad de 20 votos a favor, se aprobó el Acuerdo por el que se convoca a la ciudadanía proponer a persona que estime merecedora de la Presea al Mérito “Plan de San Luis”, año 2020. Se indica que la recepción de candidaturas iniciará a las 9:00 horas del día lunes 16 de noviembre, y concluirá a las 14:00 horas del día viernes 27 de noviembre de 2020.

También se aprobó por mayoría de 19 votos a favor, 1 un voto en contra, la Declaratoria de que en el Estado de San Luis Potosí los tribunales locales en Materia Laboral; y el Centro de Conciliación Laboral, iniciarán funciones a partir del dieciocho de noviembre de dos mil veinte.

Se establece que “En cumplimiento a lo previsto en los artículos, Quinto, y Vigésimo Cuarto transitorios, del Decreto Publicado en el Diario Oficial de la Federación el uno de mayo de dos mil diecinueve, por el que se reforman, adicionan, y derogan diversas disposiciones de los ordenamientos: Ley Federal del Trabajo; Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley Federal de la Defensoría Pública; Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; así como la Ley del Seguro Social, en materia de justicia laboral, libertad sindical, y negociación colectiva, en el Estado de San Luis Potosí, los Tribunales Locales en Materia Laboral, y el Centro de Conciliación Laboral en el Estado, iniciarán funciones a partir del dieciocho de noviembre de dos mil veinte”.

Puntos de Acuerdo

A propuesta del diputado Pedro César Carrizales, el pleno del Congreso del Estado aprobó por mayoría de 9 votos a favor, 2 abstenciones y 8 votos en contra, el Punto de Acuerdo que  insta exhortar a las titulares estatales de: Secretaría de Salud; y Sistema DIF, establecer mesas de diálogo y trabajo con padres y madres de menores usuarios del Centro de Autismo, para dar certeza sobre implicaciones de cambios, y establecer ruta que ofrezca tranquilidad en los tratamientos de éstos.

A propuesta de la diputada Marite Hernández, se aprobó el Punto de Acuerdo que promueve conminar al Gobernador del Estado evaluar situación del Centro Estatal de Autismo, e informar con pruebas el resultado; además exhortar: al sistema estatal DIF informar razones y fundamentos por los cuales dicho centro dejó de operar con estándares de calidad y personal con que lo hacía, así como medidas para reestablecer el servicio; a directora del precitado sistema, reunirse con padres, madres y cuidadores de usuarios del enunciado centro, para escuchar y atender sus demandas y dar cumplimiento a lo que prevé el artículo 4 párrafo 3 de la Convención de Personas con Discapacidad.

A las comisiones legislativas, se turnó la correspondencia enviada por el propio Poder Legislativo; los demás Poderes del Estado; entes autónomos, ayuntamientos, organismos paramunicipales, e intermunicipal; poder federal; y particulares; además, las iniciativas propuestas por las diputadas y los diputados integrantes de la LXII Legislatura.

Se emitió la Declaratoria de caducidad iniciativas turnos: 3546; 3689; 4892; 5352; y 5923, de la Sexagésima Primera Legislatura.

En asuntos generales, participaron las y los diputados: Edgardo Hernández Contreras, Vianey Montes Colunga, Isabel González Tovar, Martín Juárez Córdova, y Oscar Vera, sobre diversos temas.

Agotados los asuntos, se citó a Sesión Ordinaria No. 82, en modalidad de video conferencia el jueves 19 de noviembre de 2020, a las 10:00 horas.

San Luis Potosí

La CEFIM promueve la certificación para funcionariado municipal

Publicado

el

La inscripción al Programa de Certificación de las y los Servidores Públicos será del 25 de noviembre al 31 de diciembre

(más…)

Continuar leyendo

Secciones

Tendencia