Hacen llamado a prevenir y tener siempre en orden los documentos oficiales de identificación
El Instituto Mexicano del Seguro Social(IMSS) cuenta con una prestación económica que se otorga por concepto de gastos de funeral de una persona asegurada o pensionada, informó Miguel Ángel Vázquez Pérez, titular de la Jefatura de Salud en el Trabajo, Prestaciones Económicas y Sociales en San Luis Potosí.
La cantidad que se otorga a través de esta prestación se determina considerando dos veces el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) que corresponda a la fecha de fallecimiento de la persona, y es necesario que se presente un familiar a la ventanilla de prestaciones económicas de su unidad médica de adscripción a realizar el trámite correspondiente.
Señaló que el primer requisito para obtener esta ayuda consiste en que la persona asegurada fallecida tenga registradas un mínimo de 12 semanas de cotización en los nueve meses anteriores al fallecimiento.
Tratándose del fallecimiento de un asegurado por un riesgo de trabajo, no requiere semanas previas de cotización. Es decir, que la o el asegurado o pensionado se encuentre vigente en sus derechos al momento del fallecimiento.
La documentación que deberá presentar la persona que realice la solicitud para este apoyo es la siguiente:
- Identificación oficial con fotografía y firma de la o el solicitante, en original o copia certificada, acompañados de copia fotostática para cotejo.
- Documento que contenga el Número de Seguridad Social y el nombre de la o el asegurado o pensionado fallecido.
- Copia certificada del acta de defunción y copia fotostática.
- Cuenta original de los gastos de funeral y copia fotostática.
- Clave Única de Registro de Población (CURP), copia simple o impresión de la misma obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población, salvo en los casos en que el solicitante tenga nacionalidad diferente a la mexicana y residan en el extranjero.
Finalmente, Vázquez Pérez señaló que este beneficio puede ser solicitado en el servicio de prestaciones económicas de cualquier Unidad de Medicina Familiar (UMF) del IMSS, en un horario de 8:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes.
Para realizar cualquier aclaración sobre el trámite de la ayuda, el asegurado, debe acudir al servicio de prestaciones económicas de la Unidad de Medicina Familiar, donde realizó el trámite en el horario señalado.