Durante este año, tan solo en San Luis Potosí, el promedio mensual de feminicidios, ha sido de entre dos y tres eventos por mes
En Sesión Extraordinaria, las y los integrantes de la LXIII Legislatura aprobaron por unanimidad de 27 votos a favor, exhortar al titular de la Fiscalía General del Estado, José Luis Ruiz Contreras, para que en el marco de las atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de la Fiscal General del Estado, acuerde la creación de la Fiscalía Especializada en Feminicidios.
La propuesta fue presentada por el legislador Juan Francisco Aguilar Hernández, quien expuso que, de acuerdo con cifras dadas a conocer por el INEGI, en el primer semestre de 2020 fueron privadas de la vida 1,844 mujeres en el País. Durante este año, tan solo en San Luis Potosí, el promedio mensual de feminicidios, ha sido de entre dos y tres eventos por mes.
Se indica que la Constitución del Estado dispone que la Fiscalía General de Justicia del Estado, contará con las Fiscalías Especializadas que requiera, obligando a contar por lo menos con dos; la de Atención a Delitos Electorales, y la de Atención a Delitos Relacionados con Hechos de Corrupción.
Sin embargo, la gravedad que representa la recurrencia de la comisión del delito de feminicidio en San Luis Potosí, lleva aparejada la responsabilidad que tiene la Fiscalía General del Estado en su investigación e inicio de la acción penal.
En la Sesión Solemne de Apertura del Periodo Extraordinario, se contó con la presencia del titular de la Secretaría del Trabajo, Néstor Eduardo Garza Álvarez, como representante del Poder Ejecutivo y de la Magistrada Olga Regina García López en representación del Poder Judicial.
Otros dictámenes
Se aprobó por unanimidad de 27 votos a favor el decreto que reforma el artículo 41 TER en su fracción IV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí; y reforma los artículos, 4º en sus fracciones, XX, y XXI, 13 en el apartado A su fracción II, 27 Bis en su fracción V, 30, y 51 en su fracción I; adiciona a los artículos, 4º las fracciones, XXII a XXV, 5º en su apartado A la fracción II Bis, y el Título Tercero Bis “De la Prestación de Servicios de Salud, Medicamentos y Demás Insumos Asociados para las Personas sin Seguridad Social” con el artículo 67 Septies; y deroga el Título Décimo Primero y sus capítulos I, II, III, V, VI, VII, y VIII, así como los artículos, 151, 152, 152 Bis, 153 a 163, y 165 a 178, de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí.
Con esta modificación se está en concordancia con lo establecido en la Ley General de Salud; y la Ley de Institutos Nacionales de Salud, en materia de prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados, tratándose de personas que carezcan de seguridad social, que desaparece el Sistema de Protección Social en Salud, para que en su lugar se dé paso a la creación del Instituto del Bienestar, organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, sectorizado en la Secretaría de Salud; además de impulsar, en coordinación con la Secretaría de Salud en su calidad de órgano rector, acciones orientadas a lograr una adecuada integración y articulación de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
Se modifica también la Ley de Salud del Estado para hacer acordes las disposiciones que establece la Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-2016, relativas a la atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio, y de la persona recién nacida, incluir los conceptos de bienestar obstétrico y de partera profesional.
También por unanimidad de 27 votos a favor, se aprobó la reforma a los artículos 4° en su fracción IV, 7° en su fracción I el inciso i), 18 en su fracción III, y 19 en su párrafo primero, de la Ley de Prevención y Atención de la Violencia Familiar del Estado de San Luis Potosí, para actualizar y armonizar el texto de la Ley de Prevención y Atención de la Violencia Familiar del Estado de San Luis Potosí, en relación con la denominación de la “Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes”.
Se aprobó por unanimidad de 27 votos, la reforma al artículo 75, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de San Luis Potosí, para establecer la remisión al artículo 81 de la Ley, el que establece las causas de remoción de la persona titular del órgano fiscalizador, ya que remitía a un artículo equivocado.
Por unanimidad de 27 votos a favor, se aprobó la reforma a los artículos, 5° en su fracción XIII, 6°, y 7° en su fracción II el inciso c); se adiciona en el artículo 11 cinco fracciones, estas como II a VI, por lo que las actuales fracciones II y III se recorren para quedar como fracciones VII y VIII; y se deroga del artículo 7° fracción III el inciso g), de la Ley de Entrega-Recepción de los Recursos Públicos del Estado y Municipios de San Luis Potosí.
Con estas modificaciones, se busca la armonización legislativa, con el objeto de adicionar lo relativo al Centro de Conciliación Laboral como uno de los sujetos de la Ley; robustecer el catálogo de disposiciones legales que deberán ser observadas para la debida interpretación de la Ley; establecer con claridad como sujetos de la Ley, a las personas titulares de las dependencias y entidades de la administración pública centralizada y de los órganos desconcentrados.
Además, adicionar los órganos internos de control de los poderes, Judicial, y Legislativo, de los órganos constitucionales autónomos, y de toda entidad y órgano público, como autoridades competentes para intervenir y supervisar los actos relacionados con la entrega-recepción.
Por unanimidad de 27 votos a favor, se aprobó el decreto que deroga en el artículo 13 la fracción II, del Reglamento Interior de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia del Congreso del Estado de San Luis Potosí, para se eliminar el requisito de edad que establece el Reglamento, para las personas que aspiran a la titularidad de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia del Congreso del Estado.
Por unanimidad de 27 votos a favor, se aprobó el decreto por el que el Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, declara al “2022, AÑO DE LAS Y LOS MIGRANTES DE SAN LUIS POTOSÍ”.
Se indica que en toda la correspondencia expedida por los tres Poderes de la Entidad, los organismos constitucionales autónomos, los 58 ayuntamientos del Estado, organismos paraestatales y entes paramunicipales, debe inscribirse dicha leyenda.
Puntos de Acuerdo
Por unanimidad de 27 votos a favor, fue aprobado el Punto de Acuerdo por el que se exhorta al titular de los Servicios de Salud de San Luis Potosí, tomen las medidas pertinentes y ejerciten las acciones tendientes al abastecimiento de medicamentos en los Centros de Salud del Estado; asimismo para que se envíe al personal médico necesario para que se reestablezca el servicio médico de manera urgente.
Se indica que toda vez que existe una evidente violación de Derechos Humanos, se solicita que se le de vista a la Comisión Estatal de Derechos Humanos para que haga lo propio
También por unanimidad de 27 votos a favor, se aprobó el Punto de Acuerdo por el que el Congreso del Estado de San Luis Potosí exhorta respetuosamente, a los 58 municipios del Estado de San Luis Potosí a aplicar el Protocolo para la Implementación de Puntos de Alcoholimetría de la Comisión Nacional para la Prevención de Accidentes, y que en sus operativos anti alcohol estén presentes observadores de las respectivas Coordinaciones Municipales de Derechos Humanos de aquellos municipios que cuenten con esta, y en su defecto, por los responsables de atender los asuntos jurídicos del ayuntamiento, en términos de la Ley.
Además, se considere realizar una convocatoria pública para que la sociedad civil pueda participar con observadores independientes y voluntarios en los términos que establece el propio protocolo.
Se indica que del análisis realizado por las comisiones de estudio, se establece la necesidad de que, en la práctica de acciones de política pública de prevención, como es el caso de la operación de retenes que lleven a cabo pruebas de alcoholimetría, se garantice, sobre todo, el respeto irrestricto a los derechos humanos.
Finalmente, por unanimidad de 26 votos a favor, se aprobó el Informe Financiero del Congreso del Estado, correspondiente al mes de noviembre de 2021.
Consejo de Transparencia.
A propuesta de la Junta de Coordinación Política, se aprobó por 24 votos a favor y 2 en contra, la integración del Consejo de Transparencia de la LXIII Legislatura, el cual quedo integrado por las siguientes personas:
- Flor de María Puente Flores.
- Roxana C. Dimas
- José Luis López Arellano.
- Martín Beltrán Saucedo.
- Héctor Ramón Alonso Vázquez.
Agotados los asuntos, se llevó a cabo la Sesión Solemne de Clausura del Periodo Extraordinario de Sesiones.